Es un beneficio migratorio que se otorga a las personas de nacionalidades tales como El Salvador, Nicaragua, Honduras, etc.

En el caso del Salvador:

  • Haber entrado al y residido país antes de Febrero 13,2001
  • Haber estado físicamente presente y continuamente en los Estados Unidos desde Marzo 9, del 2001.
  • Haberse registrado continuamente al programa TPS sin interrupción alguna.

 

En el caso de Honduras y Nicaragua:

  • Haber entrado y residido al país antes de Diciembre 30 1998.
  • Estar físicamente presente y continuamente en los Estados Unidos desde enero 5 de 1999