Es un beneficio migratorio que se otorga a las personas de nacionalidades tales como El Salvador, Nicaragua, Honduras, etc.
En el caso del Salvador:
- Haber entrado al y residido país antes de Febrero 13,2001
- Haber estado físicamente presente y continuamente en los Estados Unidos desde Marzo 9, del 2001.
- Haberse registrado continuamente al programa TPS sin interrupción alguna.
En el caso de Honduras y Nicaragua:
- Haber entrado y residido al país antes de Diciembre 30 1998.
- Estar físicamente presente y continuamente en los Estados Unidos desde enero 5 de 1999